Nueva Percepción 35% AFIP (Argentina) Qué debo tener en cuenta?

Ivan Cabrera

Usuario VIP
Nueva Resolución al Cepo en Argentina.

Aspectos a tener en cuenta.

Si vives en Argentina ya sabrás que tenemos algunas restricciones a la hora de hacer movimientos con moneda extranjera, sobre todo con los queridos y deseados dólares, nunca antes tan solicitados como hoy en día y al parecer cada día se complica (o nos complican) más adquirirlos.

Antes que nada te dejo el enlace de la resolución por si quieres revisar: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/235038/20200916

Como seguro ya sabrás desde diciembre 2019 comenzó a regir el impuesto PAIS (de las siglas Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria) El cual recarga un 30% a cualquier movimiento que realices en moneda extranjera.

Bien, ahora la nueva resolución reglamentó la percepción del 35% a cuenta de los impuestos Ganancias y Bienes personales.

Veamos algunos puntos importantes:

Qué alcanza el nuevo régimen?

  • Todas las operaciones que alcanzaba el impuesto PAIS.

Qué excluye?

  • Aquí el detalle:


a) Los gastos referidos a prestaciones de salud, compra de medicamentos, adquisición de libros en cualquier formato, utilización de plataformas educativas y software con fines educativos;

b) Los gastos asociados a proyectos de investigación efectuados por investigadores que se desempeñen en el ámbito del Estado nacional, Estados provinciales, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios, así como las universidades e instituciones integrantes del sistema universitario argentino;

c) Adquisición en el exterior de materiales de equipamiento y demás bienes destinados a la lucha contra el fuego y la protección civil de la población por parte de las entidades reconocidas en la Ley N° 25.054 y sus modificatorias.


Un punto importante a destacar es que si estás inscripto en los impuestos Bienes Personales e impuesto a las Ganancias, para tí será un pago a cuenta, pero si no lo estás, podrás solicitar el reintegro de esa percepción del 35%

En el caso de NO estar inscripto en los impuestos antes mencionados.

¿Cuándo te pueden reintegrar?

Cuando haya finalizado el año calendario.

¿Con qué debes contar para que te reintegren?

  • Cuenta bancaria a tu nombre
  • Clave Fiscal
  • Informar a AFIP tu CBU
  • Comprobantes de las operaciones que realizaste donde te practicaron la percepción del 35%

Si eres de los que venía comprando el cupo de 200 USD para ahorrar, debes tener en cuenta que ahora los movimientos que realices en dólares, te serán descontados de ese cupo mensual.

Entonces siendo prácticos, supongamos que compras USD en tu banco:

Un dólar te costará:

Cotización $79,75
PAIS $23,93
Perc 35% $36,29
Total: $139,96

Esto llevándolo al cupo de 200 USD:


Cotización $15.950.-
PAIS $4.786.-
Perc 35% $7.258.-
Total: $27.994.-

Siguiendo el ejemplo, si compras el cupo durante los meses de Septiembre a Diciembre 2020 tendrás acumulado $29.032 ($7.258x4) para solicitar reintegro en Enero 2021.

Por último, dos aclaraciones

  • En el caso que AFIP te rechace la solicitud te informará el motivo del rechazo.
  • Si no encuentras en el sistema algún movimiento de un percepción que te realizaron, podrás ingresarlo manualmente con tu comprobante en mano.

Recuerda que este artículo es meramente informativo, esperamos que te ayude a comprender la nueva modalidad, pero no dudes en consultar con un profesional del área en el caso que tengas dudas sobre tu situación particular.
 
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